La Corte Suprema declaró la nulidad de las autorizaciones de desmonte de bosques nativos en Jujuy por graves irregularidades en el proceso de estudio de impacto ambiental. La Corte Suprema, por mayoría, compuesta por los Dres. Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Rosatti, declaró la nulidad de dos resoluciones de la provincia de Jujuy por las cuales se había autorizado el desmonte de 1470 hectáreas de bosques nativos, en la finca La Gran Largada ubicada en la localidad de Palma Sola, departamento Santa Bárbara, de la provincia mencionada. Consideró que las irregularidades del procedimiento de estudio de impacto ambiental (EIA) que caracterizaron el pedido de desmonte revisten suficiente gravedad para justificar la nulidad de las autorizaciones. Para resolver de ese modo, estimó que las resoluciones cuestionadas omiten la mención de las observaciones que surgen de las inspecciones previas realizadas en el predio, y que dan cuenta, por ejemplo, de un bañado que no figura en el
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